jueves, 28 marzo, 2024

Confirman preventiva para los policías acusados y la de un oficial detenido por encubrir

Los tres efectivos de la Policía de la Ciudad acusados de cometer el homicidio de Lucas González seguirán detenidos luego de que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó sus respectivos procesamientos con prisión preventiva, en un fallo en el que aseguró que “el accionar de los imputados resultó ilegítimo y abusivo desde un principio”.

“En cuarenta días se terminó la mentira del enfrentamiento. Nada nos devuelve a Lucas, pero se está haciendo justicia por él”, dijo en la tarde de este martes  Gregorio Dalbón, abogado de las víctimas, tras conocer el fallo de la sala IV de dicha Cámara, por el cual los policías Gabriel Alejandro Isassi, Juan José Nieva y Fabián Andrés López permanecerán detenidos como coautores del crimen de Lucas.

En tanto, la misma sala, integrada por Ignacio Rodríguez Varela y Juan Marcelo Lucini, emitió otra resolución en la que rechazó una apelación presentada por la oficial Micaela Soledad Fariña, por lo que también continuará con prisión preventiva, acusada del encubrimiento del hecho.

Isassi, Nieva y López habían apelado el procesamiento con prisión preventiva dictado por el juez de Instrucción Martín del Viso por los delitos de “homicidio perpetrado con alevosía y por miembros de las fuerzas policiales abusando de sus funciones” en perjuicio de Lucas (17), y la “tentativa” en contra de los tres adolescentes que acompañaban a la víctima, que a su vez concurre de manera real con los de “falsedad ideológica y privación ilegal de la libertad”.

“Nada nos devuelve a Lucas, pero se está haciendo justicia por él”

Gregorio Dalbón

La defensa recurrió el fallo con el argumento de que los policías se defendieron de un “ataque ilegítimo” de los damnificados, aunque los camaristas consideraron que en el expediente “cobran especial relevancia los relatos” de los tres acompañantes de Lucas que contradijeron la versión de los efectivos.

Al igual que el juez Del Viso, los camaristas también se basaron en otros elementos de pruebas como las modulaciones radiales de los policías, más testimonios y las imágenes los videos de las cámaras de seguridad, todo ello incorporado al expediente.

“La ausencia de impactos de bala en el automóvil de los imputados y la comprobada inexistencia de proyectiles, vainas servidas o armas de fuego en el interior del que conducían los adolescentes (…) son más que suficientes para descartar por completo el supuesto ´enfrentamiento armado´ que aquellos ensayaron como explicación inicialmente y que luego dejaron de lado al brindar su declaración indagatoria”, sostuvieron.

Y remarcaron que “tampoco puede pasarse por alto que el hallazgo del arma de utilería entre los asientos del Volkswagen Suran se produjo varias horas después del episodio y ello indudablemente hizo posible que se la colocara deliberadamente allí”.

La defensa recurrió el fallo con el argumento de que los policías se defendieron de un “ataque ilegítimo” de los damnificados

Por ello, “las pruebas reseñadas convencen entonces, con el alcance requerido para esta etapa del proceso, que los imputados obraron de manera antijurídica. El accionar policial no se ajustó a las reglas de razonabilidad y respuesta progresiva que lo rigen, pues atentaron injustificadamente contra la vida de los menores y dieron muerte a uno de ellos, dirigiendo además posteriormente sus conductas a enmascarar y dar visos de legalidad a los actos que las precedieron”.

“Podemos entonces afirmar que el accionar de los imputados resultó ilegítimo y abusivo desde un principio”, dijeron en su fallo, en el que además explicaron que “la responsabilidad” de los policías se sostiene “en la sustancial injusticia de sus propios actos, ejecutados al margen de las normas que rigen su función y de toda razón de justificación”.

Además, mantuvieron la prisión preventiva en base a “la escala penal prevista” (prisión perpetua) y a la presunción de “riesgo procesal” que implicaría una excarcelación.

“La responsabilidad” de los policías se sostiene “en la sustancial injusticia de sus propios actos, ejecutados al margen de las normas que rigen su función y de toda razón de justificación”

Respecto de Fariña, esta fue procesada con prisión preventiva el 9 de diciembre último también por el juez Del Viso, quien le atribuye los delitos de “falsedad ideológica, falso testimonio y encubrimiento agravado por la condición de funcionaria pública”, entre otros.

“No pueden pasarse por alto las graves características de los episodios que se le atribuyen (…) pues, de acuerdo a la intimación practicada, como integrante de la Policía de la Ciudad habría introducido datos falsos en actuaciones confeccionadas en el marco del procedimiento en el que se dio muerte a Lucas González”, indicó la Cámara.

“En este contexto, es dable también presumir la existencia de riesgo de presión a los damnificados, a sus familiares y testigos que deban declarar en un eventual juicio, sobre todo si se tiene en cuenta la relación de poder, recursos y condiciones que deriva de que los imputados integren una fuerza de seguridad”, finalizaron.

(Fuente: Telam)